Código de Conducta

La actuación de la empresa en el desarrollo de su actividad influye de forma notoria en sus resultados. Es, por ello, importante que conduzcan el trabajo de una forma ética para alcanzar y mantener la confianza de la profesión en los miembros de su propio equipo, entre Colegas, con los Empresarios, Clientes y Administraciones Públicas. Así, sus actuaciones deberán ajustarse al presente “Código Deontológico”.

 

  • ARTICULO – 1

CONDUCTA PERSONAL

“La Empresa”, en todas sus actividades, se conducirá con un alto nivel de integridad y para ello deberá
1.1.- Mantener ante la Sociedad una conducta acorde con la posición que ocupa.
1.2. -Aceptar la responsabilidad de sus acciones.
1.3.- Concurrir y / o aceptar únicamente aquellos trabajos para los que se halle realmente capacitado.
1.4.- Mantener una actitud abierta a la colaboración con otros Colegas.
1.5.- Cumplir las Leyes y Normas establecidas en el País en el que se desarrolla el trabajo.
1.6.- Aceptar, apoyar y defender el contenido del presente “Código Deontológico”.

 

  • ARTICULO – 2

PROFESIONALIDAD EN SU TRABAJO

“La Empresa”, en relación con sus Colegas y Clientes, debe
2.1.- Tratar a todos los miembros de su equipo de forma equitativa protegiéndoles de daños físicos y psíquicos, facilitándoles las condiciones de trabajo apropiadas y procurándoles oportunidades de desarrollo.
2.2.- Actuar en pro del Cliente en los asuntos que de éste trate con absoluta independencia sin ningún tipo de influencia interna o externa que condicionen su trabajo.
2.3.- Aplicar las técnicas de vanguardia necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Cliente.
2.4.- Mantener la confidencialidad sobre la información recibida y dada a sus Clientes.
2.5.- Acordar “a priori” con el Cliente, con estricta veracidad, las condiciones de encargo, alcance, plan de acción, honorarios, etc.
2.6.- No aceptar comisiones o remuneraciones de otro tipo que no sean las pactadas con el cliente.
2.7.- Respetar la competencia leal, sin intentar desplazar a otro colega con influencias o acciones extrañas.
2.8.- No ser beneficiario de ventajas que atenten contra el ejercicio de la libre concurrencia.
2.9.- No aceptar revisiones de trabajo de otro Colega sin el conocimiento previo de éste, pero estando, a su vez, abiertos a una crítica honesta del trabajo realizado.

 

  • ARTICULO – 3

RELACIONES CON LAS ADMINISTRACINES, EMPRESAS Y CLIENTES

“La Empresa”, en relación con las Entidades contratantes, deberá
3.1.- Defender y difundir el contenido del presente “Código Deontológico”.
3.2.- Abstenerse de desprestigiar a sus Colegas y a la profesión en general.
3.3.- Difundir la imagen corporativa de colaboradores leales con sentido de la confidencialidad.
3.4.- Informar a un posible Cliente de cualquier circunstancia, si la hubiese, que pueda inducirle a un conflicto de intereses.
3.5.- Abstenerse de ofrecer directa o indirectamente remuneraciones en dinero o especies para tratar de conseguir un encargo.
3.6.- Rehusar a comprometerse en trabajos que considere no beneficiosos para sus clientes a no ser que advierta a éstos fehacientemente sobre la improbabilidad del éxito de los resultados.

 

  • ARTICULO – 4

RESPONSABILIDAD CON LA SOCIEDAD

“LA Empresa”, en relación con la Sociedad, deberá
4.1.- Proteger la seguridad y el bienestar de la Sociedad, hablando con el Cliente contra cualquier posible abuso en las áreas que afecten al encargo encomendado, poniendo especial cuidado en la protección del Medio Ambiente y Normas de Seguridad a lo largo de todas las fases del Proyecto.
4.2.- Denunciar cualquier irregularidad que observe en la actuación de otro Colega, utilizando el cauce adecuado (Asociativo, Institucional, Colegial…)
4.3.- No colaborar en acciones que fomenten situaciones monopolísticas o acuerdos para la adopción de políticas comerciales que perjudiquen a la Comodidad.
4.4.-No apoyar campañas publicitarias que puedan encubrir falsedad en la información que se promocione a través de ellas.